jueves, 19 de marzo de 2015

“Calma, calma, ¡qué no panda el cúnico!”

¿Qué pasa con DAPA y DACA?
Por Miryam Antunez de Mayolo* 

La reacción de muchas personas después de la decisión del juez texano Andrew Hanen ordenando que se detenga el programa de Acción diferida para padres de ciudadanos norteamericanos (DAPA), y el programa de Acción diferida extendida para menores de edad (DACA) ha sido de temor, de coraje y desazón. He recibido varias llamadas de personas que creen que esto es el fin, y que ya no hay esperanzas. Pues, como decia Chespirito cuando hacia de Chapulin Colorado:   “¡¡Qué no panda el cúnico!!”. 

Lo único que ha sucedido es que el juez de Texas ha otorgado un pedido de varios estados para que se detenga la implementación de las medidas que anunció el presidente Obama en noviembre pasado. El razonamiento o sustento del juez para otorgar el pedido de esos estados es bastante débil:  no ha dicho que el hecho que el Presidente autorice DAPA y DACA sea inconstitucional, si no que va a ser muy caro para los estados el implementarla. Hace diez días el gobierno del presidente Obama interpuso una apelacion a la orden del Juez Hanen, y estamos todos a la espera de que sea conferida. 

Lo que eso significa es que esto es solo provisional, temporal; es, queridos lectores, “una piedra en el camino”. Yo soy abogada y no experta en analizar la politica de Estados Unidos, pero todos los expertos sobre este tema están de acuerdo que DAPA si se va a poner en efecto. De repente se demora un poco más, pero sí va a darse.

¿Qué puede hacer usted por ahora?
Número uno, no se desaliente, como decimos en mi tierra,“no tire la toalla”. Como les he aconsejado anteriormente, RECOPILE sus documentos. Aqui les refresco la memoria:

a)      Archivos médicos: vaya pidiendo sus archivos (“records”) y los de sus niños a los doctores y hospitales que los haya tratado: partos, vacunas, enfermedades. Cualquier documento producido por la oficina de un médico, hospital o clínica es usualmente una prueba contundente de presencia en este país. No tiene que ser su archivo personal: por ejemplo si llevó a su hijo a vacunarse y la nota del doctor dice que los padres lo llevaron, es prueba que ellos estaban presentes.

b)      Archivos de una escuela o universidad: si usted se registró para estudiar algo, o si sus hijos estuvieron o están en la escuela es probable que su nombre aparezca en los papeles, como padre o madre. Si fue a las reuniones con los profesores para discutir el avance de su hijo, la escuela puede darle una carta que así lo indique, o su nombre ya está en el papel en el que el profesor/a registró dicha reunión.

c)      Archivos vinculados a procesos legales, como citaciones en la corte, multas, cualquier documento relacionado a un caso civil, administrativo o criminal. Inscripción de placas de carro, etc.

d)     Archivos de seguros (“aseguranza”) de vida, de accidente, de vehículos.

e)      Archivos relacionados a impuestos:  lo más probable es que también se requiera prueba de que ha pagado impuestos (lo mencionó el Presidente en su anuncio). Para matar dos pájaros de un tiro obtenga los documentos que prueban residencia en EE.UU. y el haber pagado los impuestos, que son la transcripción de sus archivos tributarios (tax transcripts). Los formularios de impuestos (tax returns) no prueban que usted realmente los pagó. Vaya pidiendo sus  tax transcripts al IRS; para más información, visite en enlace  http://www.irs.gov/Spanish/Ordenar-Transcripción

f)       Cheques de pago, talones de pago, W-2s emitidas por su empleador. Si ya no los tiene, y recuerda para quién trabajó, vaya o escriba a su empleador, solicitando que le den una copia de su formulario W-2, que es el que el empleador emite a fin de año, diciendo cuanto ganó y cuanto fué retenido por impuestos.

g)      Copias de contratos de arrendamiento (lease), alquiler, compra-venta de un inmueble, recibos de luz, de agua, de arbitrios, de servicios como calefacción, cable, teléfono.

h)      Documentos como certificado de bautizo, de confirmación, acta de matrimonio, de divorcio.

Finalmente, lo que siempre digo:  busquen consejo legal competente. Hay MUCHOS abogados en Iowa o Nueva York que son eficientes y honestos, se los aseguro. Pregúntele a sus amigos, a sus parientes y haga una consulta con el abogado (no pague nada, excepto por la consulta, si cobra por consulta), para asegurarse de que tiene los papeles correctos y no le falta nada. 

Ya sabe, no se gaste todo lo que le devuelven de impuestos. Sí, se que quiere unos nuevos aros para sus llantas, o un Nuevo carro, o una quinceañera por todo lo alto para su niña. Está bien, a todos nos gustan las cosas lindas, pero no hay mejor inversion que invertir en su futuro:  guarde el dinero de los taxes para los gastos que va a tener  una vez que la orden del texano Harlan sea descartada. ¡¡Sí se puede!!

Este artículo no constituye consejo legal, si desea consejo legal por favor consultar su caso particular con un abogado de inmigración


*La autora es abogada y patrocinadora de la revista La Voz.

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