domingo, 29 de marzo de 2015

Los impuestos y usted

Por Miryam Antunez de Mayolo* 

Ya se va marzo señoras y señores; qué rápido ¿no? Y mientras esperamos a que la decisión del juez Harlan suspendiendo DAPA sea descartada, y mientras empezamos a salir de entre la nieve y el hielo, tengo que escribir esta vez sobre la OBLIGACIÓN que tenemos todos aquellos que vivimos y trabajamos en Estados Unidos, y que ganamos mas allá de cierto monto de dinero, de mandar nuestra declaración de impuestos, o tax returns, o el anglicismo espantoso que se usa a veces: “las taxas” (no lo use, la palabra “taxas” no existe en ningún idioma!). 

Tenemos hasta el 15 de abril para mandar nuestras declaraciones de impuestos, y es muy importante que lo haga, así trabaje con otro nombre, así trabaje con un seguro que no le  pertenece o que no existe, así trabaje con papeles fraguados. Un preparador de impuestos o contador puede ayudarle a obtener un número especial que sólo se usa para pagar impuestos, llamado el número de ITIN (individual taxpayer identification number). El no pagar impuestos a pesar de estar legalmente obligado a hacerlo es ¡un crimen federal!

¿Cuál es el propósito de mandar las declaraciones de impuestos?
A lo largo de los años, he tenido clientes que califican para ciertos beneficios siempre y cuando demuestren que pagan impuestos. Ahora que nos estamos preparando para DAPA, me he reunido con muchas personas a quienes les he aconsejado que busquen sus declaraciones de impuestos antiguas, y me he dado con la sorpresa que algunas personas, así hayan vivido en Estados Unidos por muchos años, no han mandado nunca la declaración de impuestos. 

Hace poco le pregunté a un señor que nunca había mandado declaración de impuestos a pesar de haber estado en estados Unidos por más de 8 años, y me dijo:  “es que me han aconsejado que no lo haga porque no me van a devolver dinero”. El propósito de mandar la declaración de impuestos, queridos lectores, no es el que les devuelvan dinero. Si ustedes han contribuído más de lo que les correspondía, entonces le devuelven su dinero, pero si ha pagado menos de lo que le tocaba pagar, le va a tocar pagar impuestos, y lo va a tener que hacer. Es una obligación el hacerlo, ya que con nuestros impuestos pagamos por las pistas que usamos, por las escuelas a las que van nuestros hijos, por la protección del gobierno que tenemos. 

A nadie le gusta pagar impuestos, pero es una obligación legal que el servicio de inmigración y los jueces de inmigración toman muy en serio cuando se trata de otorgar beneficios de inmigración.

“Tengo que poner a mis sobrinos para que no quiten tanto del cheque”
He tenido clientes cuya declaración de impuestos tiene a todo su rancho como dependientes:  ponen a los padres, abuelitos, hermanos, sobrinos, ahijados, cuñados, etc. Y como les voy a explicar, esto puede ser un arma de doble filo. Si bien es verdad que si pone a más personas como que dependen de Usted, disminuyen los impuestos que tiene que pagar, la ley establece que, a fin de poder hacerlo, usted tiene que estar pagando por el MANTENIMIENTO de esa persona por más de la mitad del año. 

Es decir, si usted le pone su dinero a sus jefes todas las semanas, y de verdad, de eso viven, pues póngalos como dependientes, pero si usted le manda $50 a su sobrino Pepito por Navidad y por su cumpleaños, eso no es suficiente como para que pueda poner a Pepito como dependiente.

La declaración de manutención
Aquellas personas que quieren hacer una petición a inmigración por un familiar, están obligadas a firmar una declaración de manutención, llamado en inglés, un affidavit of support. Para poder calificar, hay que demostrar que uno gana un determinado monto de dinero, el cual va subiendo cuantas más personas ponga como que dependen de Usted. 

Por ejemplo, Calixta era residente, y se casó con Eloy, pero a la hora de reunirse conmigo, me dí cuenta que Calixta no calificaba para ser una auspiciadora financiera para su esposo, pues tenía a todos sus sobrinos como que dependían de ella. Por ese motivo, tuvimos que esperar un año más para que hiciera otra declaración de impuestos mostrando solo a Eloy como dependiente. Si va a pedir por alguien a inmigración, piense bien antes de poner a muchos dependientes.

En resumen:  debemos pagar impuestos porque es una obligación legal, use un número de ITIN para hacerlo, si no tiene un seguro social auténtico, NUNCA mande una declaración de impuestos con un nombre o con un seguro QUE NO LE PERTENECE, es un crimen federal hacerlo, y finalmente, sea honesto en contar el número de personas que realmente dependen de Usted para su manutención. Ah, también, ya sabe: guarde cada declaración de impuestos que haya mandado, siempre es una ayuda (y muchas veces, una obligación) en casos de inmigración el demostrar que la persona que pide un beneficio ha cumplido con sus obligaciones tributarias.

*Este artículo no constituye consejo legal, si desea consejo legal por favor consulte su caso particular con un abogado de inmigración


*La autora es abogada y patrocinadora de la revista La Voz.

Oficina en IA: 106 E 4th St., Waterloo, IA 50703 (previa cita)
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jueves, 19 de marzo de 2015

“Calma, calma, ¡qué no panda el cúnico!”

¿Qué pasa con DAPA y DACA?
Por Miryam Antunez de Mayolo* 

La reacción de muchas personas después de la decisión del juez texano Andrew Hanen ordenando que se detenga el programa de Acción diferida para padres de ciudadanos norteamericanos (DAPA), y el programa de Acción diferida extendida para menores de edad (DACA) ha sido de temor, de coraje y desazón. He recibido varias llamadas de personas que creen que esto es el fin, y que ya no hay esperanzas. Pues, como decia Chespirito cuando hacia de Chapulin Colorado:   “¡¡Qué no panda el cúnico!!”. 

Lo único que ha sucedido es que el juez de Texas ha otorgado un pedido de varios estados para que se detenga la implementación de las medidas que anunció el presidente Obama en noviembre pasado. El razonamiento o sustento del juez para otorgar el pedido de esos estados es bastante débil:  no ha dicho que el hecho que el Presidente autorice DAPA y DACA sea inconstitucional, si no que va a ser muy caro para los estados el implementarla. Hace diez días el gobierno del presidente Obama interpuso una apelacion a la orden del Juez Hanen, y estamos todos a la espera de que sea conferida. 

Lo que eso significa es que esto es solo provisional, temporal; es, queridos lectores, “una piedra en el camino”. Yo soy abogada y no experta en analizar la politica de Estados Unidos, pero todos los expertos sobre este tema están de acuerdo que DAPA si se va a poner en efecto. De repente se demora un poco más, pero sí va a darse.

¿Qué puede hacer usted por ahora?
Número uno, no se desaliente, como decimos en mi tierra,“no tire la toalla”. Como les he aconsejado anteriormente, RECOPILE sus documentos. Aqui les refresco la memoria:

a)      Archivos médicos: vaya pidiendo sus archivos (“records”) y los de sus niños a los doctores y hospitales que los haya tratado: partos, vacunas, enfermedades. Cualquier documento producido por la oficina de un médico, hospital o clínica es usualmente una prueba contundente de presencia en este país. No tiene que ser su archivo personal: por ejemplo si llevó a su hijo a vacunarse y la nota del doctor dice que los padres lo llevaron, es prueba que ellos estaban presentes.

b)      Archivos de una escuela o universidad: si usted se registró para estudiar algo, o si sus hijos estuvieron o están en la escuela es probable que su nombre aparezca en los papeles, como padre o madre. Si fue a las reuniones con los profesores para discutir el avance de su hijo, la escuela puede darle una carta que así lo indique, o su nombre ya está en el papel en el que el profesor/a registró dicha reunión.

c)      Archivos vinculados a procesos legales, como citaciones en la corte, multas, cualquier documento relacionado a un caso civil, administrativo o criminal. Inscripción de placas de carro, etc.

d)     Archivos de seguros (“aseguranza”) de vida, de accidente, de vehículos.

e)      Archivos relacionados a impuestos:  lo más probable es que también se requiera prueba de que ha pagado impuestos (lo mencionó el Presidente en su anuncio). Para matar dos pájaros de un tiro obtenga los documentos que prueban residencia en EE.UU. y el haber pagado los impuestos, que son la transcripción de sus archivos tributarios (tax transcripts). Los formularios de impuestos (tax returns) no prueban que usted realmente los pagó. Vaya pidiendo sus  tax transcripts al IRS; para más información, visite en enlace  http://www.irs.gov/Spanish/Ordenar-Transcripción

f)       Cheques de pago, talones de pago, W-2s emitidas por su empleador. Si ya no los tiene, y recuerda para quién trabajó, vaya o escriba a su empleador, solicitando que le den una copia de su formulario W-2, que es el que el empleador emite a fin de año, diciendo cuanto ganó y cuanto fué retenido por impuestos.

g)      Copias de contratos de arrendamiento (lease), alquiler, compra-venta de un inmueble, recibos de luz, de agua, de arbitrios, de servicios como calefacción, cable, teléfono.

h)      Documentos como certificado de bautizo, de confirmación, acta de matrimonio, de divorcio.

Finalmente, lo que siempre digo:  busquen consejo legal competente. Hay MUCHOS abogados en Iowa o Nueva York que son eficientes y honestos, se los aseguro. Pregúntele a sus amigos, a sus parientes y haga una consulta con el abogado (no pague nada, excepto por la consulta, si cobra por consulta), para asegurarse de que tiene los papeles correctos y no le falta nada. 

Ya sabe, no se gaste todo lo que le devuelven de impuestos. Sí, se que quiere unos nuevos aros para sus llantas, o un Nuevo carro, o una quinceañera por todo lo alto para su niña. Está bien, a todos nos gustan las cosas lindas, pero no hay mejor inversion que invertir en su futuro:  guarde el dinero de los taxes para los gastos que va a tener  una vez que la orden del texano Harlan sea descartada. ¡¡Sí se puede!!

Este artículo no constituye consejo legal, si desea consejo legal por favor consultar su caso particular con un abogado de inmigración


*La autora es abogada y patrocinadora de la revista La Voz.

Oficina en IA: 106 E 4th St., Waterloo, IA 50703 (previa cita)
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lunes, 9 de marzo de 2015

Una buena idea para poner en orden la vida financiera

Puedes organizar tu vida financiera con LifeFolio
Por New York Life Insurance Company*

¿Sabes dónde se encuentran tus documentos más importantes? Si un integrante de la familia falleciera, ¿sabrías dónde están el testamento, los documentos bancarios, las pólizas de seguro y los certificados de inversión? ¿Sabrías a quién contactar para acceder a los documentos necesarios?

¿Están tus documentos en una especie de caos?
Ya sea que estés cambiando de trabajo, comprando una casa, cuidando a un ser querido mayor, atravesando el fallecimiento de un integrante de la familia o planificando tu jubilación, hay determinados acontecimientos que pueden llevarte a una búsqueda frenética de los documentos necesarios. Solo recuerda todos los documentos que te pide el banco cuando solicitas una hipoteca o la infinidad de documentos actuales y pasados que se necesitan para liquidar un patrimonio sucesorio. Como por lo general no llevamos un control de todo lo que tenemos o podríamos necesitar en estos casos, sucede a menudo que estas situaciones imprevistas nos llevan a una búsqueda desesperada de los documentos que se necesitan.

Una forma sencilla de comenzar
Si la mera idea de poner en orden tu vida financiera te parece inalcanzable, no te preocupes. El Sistema LifeFolio de New York Life te puede ayudar. LifeFolio, disponible de forma gratuita si consultas a cualquier agente de New York Life, proporciona una lista de control sencilla de completar que puede ayudarte a ti y a tu familia a organizar todos los documentos financieros importantes de forma tal que estén a la mano cuando los necesites.

Si te organizas sabrás qué documentos tienes, y podrás ayudar a tu profesional financiero a evaluar lo que necesitas para solucionar los problemas que pueda tener tu estrategia financiera. Si lo piensas bien, el organizar tu vida financiera puede ser uno de los regalos más importantes que te puedas dar a ti mismo y a tu familia.  Ponte en contacto con un agente de New York Life hoy mismo.

Si deseas más información acerca de los temas aquí tratados, ponte en contacto con Claudette Aldebot al (845) 563-9310 o a Claudette_Aldebot@newyorklife.com


Please note: The offering documents (policies, contracts) for all New York Life and its subsidiaries products are available only in English. In the event of a dispute, the provisions in the policies and contracts will prevail. 

Nota: Los documentos (pólizas, contratos) ofreciendo los productos de New York Life y sus subsidiarias están escritos en inglés. En caso de cualquier disputa, las provisiones de las pólizas y contratos prevalecerán.

*New York Life Insurance Company es patrocinador de la revista La Voz