¿Qué pasa con DAPA y DACA?
Por Miryam Antunez de Mayolo*
La reacción de
muchas personas después de la decisión del juez texano Andrew Hanen ordenando
que se detenga el programa de Acción diferida para padres de ciudadanos
norteamericanos (DAPA), y el programa de Acción diferida extendida para menores
de edad (DACA) ha sido de temor, de coraje y desazón. He recibido varias
llamadas de personas que creen que esto es el fin, y que ya no hay esperanzas.
Pues, como decia Chespirito cuando hacia de Chapulin Colorado: “¡¡Qué no panda el cúnico!!”.
Lo único que ha sucedido es que el juez de Texas ha otorgado un pedido de
varios estados para que se detenga la implementación de las medidas que anunció el presidente Obama en noviembre pasado. El razonamiento o sustento del juez
para otorgar el pedido de esos estados es bastante débil: no ha dicho que el hecho que el Presidente autorice
DAPA y DACA sea inconstitucional, si no que va a ser muy caro para los estados
el implementarla. Hace diez días el gobierno del presidente Obama interpuso una
apelacion a la orden del Juez Hanen, y estamos todos a la espera de que sea
conferida.
Lo que eso significa es que esto es solo provisional, temporal; es,
queridos lectores, “una piedra en el camino”. Yo soy abogada y no experta en
analizar la politica de Estados Unidos, pero todos los expertos sobre este tema
están de acuerdo que DAPA si se va a poner en efecto. De repente se demora un
poco más, pero sí va a darse.
¿Qué puede hacer usted por ahora?
Número uno, no se desaliente, como decimos
en mi tierra,“no tire la toalla”. Como les he aconsejado anteriormente, RECOPILE sus documentos.
Aqui les refresco la memoria:
a)
Archivos
médicos: vaya pidiendo sus archivos (“records”)
y los de sus niños a los doctores y hospitales que los haya tratado: partos,
vacunas, enfermedades. Cualquier documento producido por la oficina de un
médico, hospital o clínica es usualmente una prueba contundente de presencia en
este país. No tiene que ser su archivo personal: por ejemplo si llevó a su hijo a vacunarse y
la nota del doctor dice que los padres lo llevaron, es prueba que ellos estaban
presentes.
b)
Archivos
de una escuela o universidad: si usted se registró para estudiar algo, o si sus
hijos estuvieron o están en la escuela es probable que su nombre aparezca en
los papeles, como padre o madre. Si fue a las reuniones con los profesores para
discutir el avance de su hijo, la escuela puede darle una carta que así lo indique,
o su nombre ya está en el papel en el que el profesor/a registró dicha reunión.
c)
Archivos
vinculados a procesos legales, como citaciones en la corte, multas, cualquier
documento relacionado a un caso civil, administrativo o criminal. Inscripción
de placas de carro, etc.
d)
Archivos
de seguros (“aseguranza”) de vida, de accidente, de vehículos.
e)
Archivos
relacionados a impuestos: lo más
probable es que también se requiera prueba de que ha pagado impuestos (lo
mencionó el Presidente en su anuncio). Para matar dos pájaros de un tiro
obtenga los documentos que prueban residencia en EE.UU. y el haber pagado los
impuestos, que son la transcripción de sus archivos tributarios (tax transcripts). Los formularios de
impuestos (tax returns) no prueban
que usted realmente los pagó. Vaya pidiendo sus tax transcripts al IRS; para
más información, visite en enlace http://www.irs.gov/Spanish/Ordenar-Transcripción
f)
Cheques
de pago, talones de pago, W-2s emitidas por su empleador. Si ya no los tiene, y
recuerda para quién trabajó, vaya o escriba a su empleador, solicitando que le
den una copia de su formulario W-2, que es el que el empleador emite a fin de
año, diciendo cuanto ganó y cuanto fué retenido por impuestos.
g)
Copias
de contratos de arrendamiento (lease),
alquiler, compra-venta de un inmueble, recibos de luz, de agua, de arbitrios,
de servicios como calefacción, cable, teléfono.
h)
Documentos
como certificado de bautizo, de confirmación, acta de matrimonio, de divorcio.
Finalmente, lo
que siempre digo: busquen consejo
legal competente. Hay MUCHOS abogados en Iowa o Nueva York que son eficientes y honestos, se
los aseguro. Pregúntele a sus amigos, a sus parientes y haga una consulta con
el abogado (no pague nada, excepto por la consulta, si cobra por consulta),
para asegurarse de que tiene los papeles correctos y no le falta nada.
Ya sabe, no se gaste todo lo que le devuelven de impuestos. Sí, se que quiere unos
nuevos aros para sus llantas, o un Nuevo carro, o una quinceañera por todo lo
alto para su niña. Está bien, a todos nos gustan las cosas lindas, pero no hay
mejor inversion que invertir en su futuro:
guarde el dinero de los taxes para los gastos que va a tener una vez que la orden del texano Harlan sea
descartada. ¡¡Sí se puede!!
Este artículo no constituye
consejo legal, si desea consejo legal por favor consultar su caso particular
con un abogado de inmigración
*La autora es abogada y patrocinadora de la revista La Voz.
Oficina en IA: 106 E 4th St.,
Waterloo, IA 50703 (previa cita)
Oficina en NY: 372
Fullerton Av., Ste. #7, Newburgh, NY 12550
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